¿QUÉ ES EL BONO COMERCIO?

La Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico del Gobierno del Principado de Asturias, tiene como uno de sus objetivos prioritarios el apoyo y promoción de la actividad comercial en el ámbito del Principado de Asturias, a través de la gestión de programas de ayudas a PYMES; es por ello que el BONO COMERCIO, nace con el fin de incentivar compras en los establecimientos de autónomos y micropymes susceptibles de sufrir periodos “valle” en los que las ventas bajan.

Para ello se han creado 200.000 bonos de 10 € cada uno para que se puedan canjear juntos en una misma compra o en varias, siempre y cuando sean compras superiores a 30 €. (IVA INCLUIDO) en los establecimientos adheridos.

ENLACE: Bases reguladoras

Cada persona beneficiaria dispone de un máximo de 5 bonos, por valor de 10 € cada uno, (es decir, 50 € en total por persona) que podrá ser usado en uno o varios de los comercios minoristas adheridos al programa.
NO es aplicable a las compras online.
Se solicita dándose de alta en la web: https://bonoscomercioasturias.com y rellenando los datos que solicita.

ESTABLECIMIENTOS QUE ENTRAN DENTRO DE ESTE PROGRAMA
Los establecimientos que pueden adherirse tienen que estar en los epígrafes del IAE regulados en las bases del programa. (Ver Anexo I más abajo). Para ello, tienen que registrarse en la web: https://bonoscomercioasturias.com
Lo consumido en una semana, se abona a los establecimientos la semana siguiente.

 

PLAZOS

Para los establecimientos:

ENLACE: BOPA 5 de Abril Convocatoria.
Del 6 al 22 de abril, tienen de plazo los establecimientos para adherirse.

 

Para la población mayor de 18 años:

Solicitud de bonos: 1 – 22 mayo o hasta que se agoten

Canje: 1 mayo – 30 junio

** si no se canjean todos en este plazo, perderán su validez y se abrirá un nuevo plazo de solicitud y descarga
Solicitud de bonos: 1 – 21 octubre
Canje: 1 octubre – 20 noviembre


ANEXO I

ESTABLECIMIENTOS QUE PUEDEN ADHERIRSE AL PROGRAMA

  • Grupo 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.

Epígrafe 651.1.Comercio al por menor de productos textiles, confecciones para el hogar, alfombras y similares y Artículos de tapicería.

Epígrafe 651.2.Comercio al por menor de toda clase de prendas para el vestido y tocado.

Epígrafe 651.3.Comercio al por menor de lencería y corsetería.

Epígrafe 651.4.Comercio al por menor de Artículos de mercería y paquetería.

Epígrafe 651.5.Comercio al por menor de prendas especiales.

Epígrafe 651.6.Comercio al por menor de calzado, Artículos de piel e imitación o productos sustitutivos, cinturones, carteras, bolsos, maletas y Artículos de viaje en general.

Epígrafe 651.7.Comercio al por menor de confecciones de peletería.

 

  • Grupo 652. Comercio al por menor de artículos de droguería y limpieza; perfumería y cosméticos de todas clases; y de productos químicos en general; comercio al por menor de hierbas y plantas en herbolarios.

Epígrafe 652.2.Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos.

Epígrafe 652.3.Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de Artículos para la higiene y el aseo personal.

Epígrafe 652.4.Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios.

 

  • Grupo 653. Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción.

Epígrafe 653.1.Comercio al por menor de muebles (excepto los de oficina).

Epígrafe 653.2.Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico accionados por otro tipo de energía distinta de la eléctrica, así como de muebles de cocina.

Epígrafe 653.3.Comercio al por menor de Artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo o reclamo (incluyendo bisutería y pequeños electrodomésticos).

— Epígrafe 653.4.Comercio al por menor de materiales de construcción y de Artículos y mobiliario de saneamiento.

Epígrafe 653.5.Comercio al por menor de puertas, ventanas y persianas, molduras y marcos, tarimas y parquet-mosaico, cestería y Artículos del corcho.

Epígrafe 653.6.Comercio al por menor de Artículos de bricolaje.

Epígrafe 653.9.Comercio al por menor de otros Artículos para el equipamiento del hogar N.C.O.P.

 

  • Grupo 659. Otro comercio al por menor.

Epígrafe 659.1.Comercio al por menor de sellos, monedas, medallas conmemorativas, billetes para coleccionistas, obras de arte y antigüedades, minerales sueltos o en colecciones, fósiles, insectos, conchas, plantas y animales disecados.

Epígrafe 659.2.Comercio al por menor de muebles de oficina y de máquinas y equipos de oficina.

Epígrafe 659.3.Comercio al por menor de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos.

Epígrafe 659.4. Comercio al por menor de libros, periódicos, Artículos de papelería y escritorio, y Artículos de dibujo y bellas artes.

Epígrafe 659.5.Comercio al por menor de Artículos de joyería, relojería, platería y bisutería.

Epígrafe 659.6.Comercio al por menor de juguetes, Artículos de deporte, prendas deportivas de vestido, calzado y tocado, armas, cartuchería y Artículos de pirotecnia.

Epígrafe 659.7.Comercio al por menor de semillas, abonos, flores y plantas y pequeños animales.

Epígrafe 659.8.Comercio al por menor denominado sex-shop.

Epígrafe 659.9.Comercio al por menor de otros productos no especificados en esta Agrupación, excepto los que deban clasificarse en el epígrafe 653.9.